En muchas conversaciones sobre el voto electrónico aparece la referencia de su rechazo en Alemania. La Corte Federal Constitucional de Alemania 1 decidió que el votante debe poder verificar el resultado de su voto confiablemente y sin la necesidad de tener conocimientos específicos o pericia sobre el tema.
No se prohíbe expresamente pero se requiere que se cumplan ciertos pasos de escrutinio público para poder usarse. Las máquinas que utilizaban para la votación no cumplían este requisito.
¿Que ocurre en nuestro país?
La constitución en ningún lado especifica que el voto tenga que ser rápido, o cómodo. Las propiedades fundamentales que están en juego son transparencia y anonimidad del voto.
En Argentina, la consitución establece que el sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio 2 . El sistema de voto electrónico pone en duda estas propiedades, al no poder saberse fácilmente si el voto fue computado y cuántas veces (igualdad), al guardarse información periférica sobre el voto y el votante (secreto), al agregar una capa de complejidad e infraestructura sobre el proceso (universalidad), etc. Ante todo, es la transparencia del proceso lo que está cuestionado.